Novedades fiscales introducidas por la Ley de Presupuestos del Estado

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 ha introducido, entre muchas otras medidas, diversas modificaciones en materia tributaria.

Las modificaciones afectan a distintos impuestos del sistema tributario español. A continuación, se detallan las de mayor relevancia:

Novedades en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

1. Obligación de declarar

Se aumenta el límite de la obligación de presentar declaración por los rendimientos del trabajo obtenidos de 14.000 a 15.000 € brutos anuales, en los supuestos en los que dichas rentas procedan de más de un pagador, o se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos o cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener o cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

2. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Se incrementa la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y también se incrementa de 16.825 a 19.747,5 € la cuantía por debajo de la que se aplicará dicha reducción.

3.Reducciones en estimación directa simplificada

Se incrementa del 5% al 7% el porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación. Si bien, se mantiene el límite de 2.000 € como importe máximo de este gasto.

4. Nuevos tramos de la escala de gravamen del ahorro

Se modifica la escala de gravamen del ahorro con un nuevo tramo a partir de 300.000 € fijando un tipo impositivo de un 28% y para la base liquidable del ahorro que exceda de 200.000 € se incrementa en un punto porcentual del 26% al 27%. Además, estos nuevos tramos son también de aplicación a los contribuyentes acogidos al régimen de trabajadores desplazados a territorio español.

5. Ampliación de la deducción por maternidad

La actual deducción por maternidad de 100 € aplicable a mujeres con hijos menores de 3 años que realizaban una actividad por cuenta propia o ajena dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, se amplía a aquellas que a) en el momento del nacimiento del menor estén percibiendo una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo y b) en el momento del nacimiento del menor o posteriormente estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados

Novedades en el Impuesto sobre Sociedades (IS)

Se rebaja el tipo impositivo del 25% al 23% para aquellas entidades que tengan un importe de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior inferior a 1 millón de euros y no tengan la consideración de entidades patrimoniales.

Novedades en el Impuesto sobre el Valor Añadido  (IVA)

1. Reducción del IVA

Se suprime el IVA de alimentos básicos como el pan, harinas panificables, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, patatas y cereales, que pasa del 4% al 0%.

También se redice del 10% al 5% el IVA en pastas y aceites.

La rebaja del IVA también afecta a artículos de higiene femenina y anticonceptivos que empezarán a tributar al tipo reducido del 4%

2. Lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios

Con el fin de armonización de la normativa del IVA a la normativa comunitaria, se entenderán realizadas en el ámbito de aplicación del IVA las prestaciones de los siguientes servicios, cuando el destinatario no esté radicado en la UE, pero sí utilice o explote los servicios en el territorio de aplicación del IVA:

  1. Prestación de servicios intangibles, cuando el destinatario no sea empresario o profesional
  2. Servicios de arrendamientos de medios de transporte, cualquier que sea el destinatario
  3. Servicios financieros y de seguros, siempre y cuando el destinatario tenga la condición de empresario o profesional.


Autor: Fernando Lozano
Autor: Claudia Cascant