Adelanto de la reforma fiscal a julio de 2015

El pasado 12 de julio entró en vigor el Real Decreto-Ley 9/2015, de 10 de julio, el cual aprueba reducciones fiscales que suponen un adelanto a julio de 2015 de algunas de las medidas de la reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2015, y cuya aplicación estaba inicialmente prevista para 2016.

La principal medida consiste en la aprobación de nuevas escalas general estatal y del ahorro aplicables en el IRPF desde 1 de enero de 2015, en las que se reducen entre medio y un punto los tipos correspondientes a cada uno de sus tramos. En sintonía con dicha reducción, y para trasladar inmediatamente sus efectos a los contribuyentes, se aprueban nuevos tipos de retención, que determinan una rebaja generalizada de los pagos a cuenta. La reducción de los tipos de retención afecta tanto a los trabajadores por cuenta ajena y pensionistas, como a quienes realizan actividades económicas (profesionales), cuyo tipo de retención general pasa del 19 al 15%, cualquiera que sea su nivel de ingresos, y del 9 al 7%, para quienes inician su actividad. Del mismo modo se reduce del 20 al 19,5% la retención aplicable a los rendimientos del ahorro.

También se reduce del 20 al 19,5% el tipo de retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, así como el tipo de gravamen aplicable a los establecimientos permanentes en España y a los contribuyentes residentes en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo por las ganancias patrimoniales, así como los intereses y dividendos obtenidos.

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