UPDATE DERECHO LABORAL – NOVEDADES EN RELACIÓN A LOS ERTE

Las medidas de suspensión y reducción de jornada (ERTE) son uno de los instrumentos más importantes en España en la lucha del gobierno contra las consecuencias económicas de la pandemia del virus Corona.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha declarado ahora en el Oficio DGT-SGON-927CRA que la suspensión y/o la reducción de las horas de trabajo en el marco de un procedimiento de ERTE por fuerza mayor como resultado de la pandemia del virus Corona puede ser fácilmente revocada o alterada. Esto aplica tanto a los contratos de trabajo que han sido suspendidos como a aquellos en los que se han reducido las horas de trabajo.

Las medidas adoptadas en materia de ERTE a mediados de marzo tenían por objeto facilitar y acelerar los procedimientos correspondientes y a la vez proteger a los empleados. En vista de la positiva evolución sanitaria, resulta conveniente ahora reactivar la economía en la medida de lo posible y volver a una "nueva normalidad" de forma progresiva.

Así pues, si en el curso de la reanudación de las actividades económicas es posible que las empresas renuncien o alteren las medidas adoptadas en el marco de un ERTE (p.ej. aumentando el número de horas), deberían poder hacerlo de la forma menos burocrática que se pueda, siendo las exigencias documentales y de proceso las imprescindibles, basta la simple comunicación a las autoridades laborales.

De esta manera se persigue una recuperación de la economía de la forma más rápida y menos burocrática posible.

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Fernando Lozano
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