Novedades en la declaración de los rendimientos de alquiler

El período de declaración mediante formulario 210 pasa a ser anual, en lugar de trimestral

La Orden HAC/56/2024, de 25 de enero, por la que se modifican las órdenes ministeriales que aprueban los modelos de autoliquidación 210, ha introducido una importante novedad en la declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes para rentas de capital inmobiliario devengadas a partir del 1 de enero de 2024 con resultado a ingresar: el periodo de agrupación pasa de ser trimestral a ser anual. Esto significa que, a partir de ahora, solo se tendrá que presentar una única declaración anual por las rentas positivas de capital inmobiliario obtenidas durante el año anterior, en lugar de las declaraciones trimestrales actuales. El plazo para presentar esta declaración anual será del 1 al 20 de enero del año siguiente al del devengo.

En cualquier caso, debe recordarse que en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes cada ingreso obtenido por alquiler supone un devengo de renta independiente. Esto significa que el rendimiento se calcula de forma individual para cada alquiler, sin posibilidad de compensar rentas positivas de un alquiler con otras negativas (rendimientos netos negativos en atención a los gastos incurridos o la amortización). Tras calcular el rendimiento de cada alquiler de forma individual, los rendimientos se agrupan anualmente según su resultado: positivo (a ingresar) o negativo (cuota cero). El plazo para presentar la declaración con cuota cero a partir de 2024 coincidirá con el plazo de las de resultado a ingresar.

Con este sistema la Agencia Tributaria busca tener un mejor control de los rendimientos positivos y negativos de cada inmueble y de su tributación en un período anual, para facilitar su eventual revisión y corrección.

Por ello, a pesar del cambio, aconsejamos seguir recopilando la información sobre los alquileres de forma periódica, bien trimestral, bien con una frecuencia mayor en caso de arrendamientos de corta duración. Esto permitirá realizar un seguimiento del rendimiento de cada alquiler y conocer periódicamente el impuesto a pagar de forma estimada, además de facilitar la organización de la declaración anual.

En Lozano Schindhelm estamos a su disposición para asesorarles en el cálculo, preparación y presentación de las declaraciones de impuestos relativos a los rendimientos procedentes del alquiler de su inmueble en España. También les asistimos en presentación del impuesto sobre la Renta de No Residentes por imputación de rentas (uso propio de inmuebles) y en su caso en la regularización de los ejercicios anteriores, presentando los modelos que proceda.



Autor: Fernando Lozano
Autor: Claudia Cascant
Autor: Andrea Quiles