Programa de fomento a la contratación

SUBVENCIONES A CONTRATOS INDEFINIDOS

Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a los colectivos calificados como vulnerables, en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.

Trabajadores subvencionados

Deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos vulnerables:

  1. Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  2. Personas desempleadas de larga duración (12 o más meses).
  3. Personas mayores de 50 años.
  4. Personas con diversidad funcional.

Además, deben permanecer desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta su contratación.

Acción subvencionable

Contrataciones indefinidas iniciales a jornada completa de personas desempleadas que puedan acreditar pertenecer a un colectivo vulnerable.

Si se tratara de un empleado con diversidad funcional severa, la contratación podrá ser de al menos 15 horas semanales.

Importe de la subvención
  • El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.

Esto es, 950*14/12 = 1.108,33 * 90% = 997,50

997,50 * 24 meses mantenimiento= 23.940,00 €

  • Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe establecido se elevará al 95%.

Esto es, 950*14/12 = 1.108,33 * 95% = 1.052,91

1.052,91 * 24 meses mantenimiento= 25.269,84 €

  • Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el importe se elevará al 100%.

Esto es, 950*14/12 = 1.108,33 * 24 meses mantenimiento= 26.599,92 €

Los contratos de al menos 15 horas semanales formalizados con trabajadores con diversidad funcional severa se subvencionarán con el importe proporcional a la jornada.

Condiciones de contratación
  • Formalizar la contratación con posterioridad a la publicación del extracto de la presente convocatoria, es decir, a partir del 20-01-2021.
  • La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
Exclusiones
  • Contratos que tengan un periodo de prueba igual o superior a 2 meses; los contratos fijos discontinuos y los contratos de servicio del hogar familiar.
  • Contratos a tiempo parcial.
  • Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los 6 meses previos a la contratación.
Plazos de solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución, es decir, a partir del 20-01-2021 y finalizará el 31-07-2021.

Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo específico de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

Plazo de resolución

El plazo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la entrada de la solicitud en cualquiera de los registros del Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.

Régimen de sustitución

Si la persona trabajadora cesara la prestación de servicios por baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente, podrá ser sustituida en el plazo de un mes por otra persona perteneciente a alguno de los colectivos vulnerables, a fin de completar, bajo las mismas condiciones contractuales que tenía la persona sustituida, el periodo de mantenimiento que quedara pendiente de cumplir.

El plazo establecido para la sustitución no computará a los efectos de la obligación de mantenimiento.

Si la baja de la persona trabajadora se produjera con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.

Obligaciones del beneficiario
  • Mantener el empleo creado durante al menos veinticuatro meses.
  • Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
  • Comunicar al Servicio Valenciano de Empleo y Formación la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad; así como cualquier incidencia o variación que se produzca en relación con la subvención concedida.

En caso de existir alguna duda sobre el contenido de esta publicación, o la aplicación práctica de las materias tratadas en ella, rogamos se pongan en contacto con nosotros, e igualmente les recordamos que podrán consultar cualquiera de las citadas disposiciones solicitándolas a nuestro Departamento laboral.

 

CONTACTO

Silvia Nicolau
Abogado
+34 963 28 77 93
s.nicolau@schindhelm.com

Dr. Moritz Tauschwitz
Abogado, Rechtsanwalt, Partner
+34 963 28 77 93
m.tauschwitz@schindhelm.com

PDF file
Download PDF